martes, 31 de marzo de 2015

R072 Puente de la Estación de Monóvar PE-057

El Puente de la Estación de Monóvar


EL PUENTE DE LA ESTACIÓN DE MONÓVAR


Localización:

 Este Bien Catalogado eldense es el  puente antiguo del ferrocarril  Madrid-Alicante sobre el antiguo trazado de la carretera comarcal CV-83, que permite atravesar un pequeña rambla procedente de la Partida de Campo Alto. Está localizado en el Barrio Estación de Monóvar.


Localización del bien en Google Maps

 Si accedemos a la estación de FF.CC. Monóvar-Pinoso por la antigua carretera Elda-Monovar necesariamente pasaremos por este bien antes de llegar a las casas de la estación, donde está el nuevo cruce de la actual carretera.

Vista aérea del bien y su localización

Descripción:

 Se trata de un puente del ferrocarril compuesto por un arco de medio punto con estribos de sillería. El arranque del arco lo marca un salmer corrido a lo largo de todo el intradós, conectando ambas caras del puente.

 El arco es de hormigón, con la superficie de ambas caras mostrando un fino llagueado que imita las dovelas. En ambos lados, la obra está jalonada desde el suelo a la base del tablero por dos pilastras formadas por bloques de sillares semicúbicos, a soga y a tizón, que conforman la esquina del zócalo, embutidas y ligeramente resaltadas del plano de sillares que se extiende a ambos lados del puente.

 La construcción sostiene el tablero del puente, rematado en sus lados por un bordillo de sillares paralelepípedos que resaltan sobre el plano.

 Su construcción data de los años 1.855-1.856, habiéndose restaurado parcialmente en el año 1.922. Pertenece al Patrimonio de Ingeniería Civil, en la categoría de Puentes y Túneles.

 La protección se aplicará al bien, pues está condicionado por las infraestructuras a las que da servicio. Se preservarán la integridad del bien y de los elementos definitorios de su estructura arquitectónica, altura, volumen, número de ojos y demás partes relevantes (arts. 184 y 185 del Decreto 67/2006, del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística).

 No obstante, en el caso de que pudiera verse afectada su integridad, parcial o totalmente, se procederá con antelación a la  documentación arqueológica y etnológica del bien, acorde al procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como cuantas otras prescripciones se deriven de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección en las diversas legislaciones sectoriales.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

Gisbert Pérez, E., "Siglo y medio de patrimonio e historia del ferrocarril en Elda y su término municipal", Historias Visuales de Elda, vol. 2, Generalitat Valenciana, Valencia.

FOTOS:

Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:













lunes, 30 de marzo de 2015

R073 Casa de la Estación de Monóvar PE-056

La Casa de la Estación de Monóvar


LA CASA DE LA ESTACIÓN DE MONÓVAR

Localización:

 Este Bien Catalogado eldense se encuentra situado en una finca bien delimitada por un murete de obra y verja, junto a la CV-83, previa a la curva que lleva al paso bajo el túnel del ferrocarril. Se conoce en el Barrio de la Estación como Chalet de Vidal.  Está localizada en el Barrio Estación de Monóvar.


Localización del bien en Google Maps

 Su exacta ubicación está a la izquierda de nuestro sentido de marcha hacia la Estación de Monóvar accediendo por la antigua carretera. Antes de llegar a la curva que accede al Puente de la Estación se encuentra el bien, delimitado por el muro y verja citados.

Localización aérea de la Casa de la Estación de Monóvar

Descripción:

 Se trata de un inmueble de planta cuadrada, dos alturas, y tejado a cuatro aguas con alero. Presenta una disposición regular de vanos recercados en la mitad superior con molduras planas de yeso.

 Un valor añadido, aparte del arquitectónico, le viene dado por su utilización como lugar de residencia de dirigentes políticos de la Segunda República, durante el último año de la Guerra Civil.

 Pertenece al Patrimonio Arquitectónico Civil en el apartado de Edificios Residenciales, y su construcción data del primer tercio del siglo XX.

 La protección parcial estará destinada a la conservación de la fachada, su estructura volumétrica y arquitectónica, así como al espacio ajardinado que acompaña a la edificación; características éstas de una tipología tradicional y residencial rural que debe preservar. Formará parte de la ordenación pormenorizada del planeamiento, dado que se halla en una zona en la que se desarrolla este tipo de parcelas residenciales.

 Hemos cursado visita al bien y damos las gracias a su propietario, el Sr. Vidal, por dejarnos fotografiarlo. Su estado es magnífico dado que es vivienda actual del mismo, por herencia de su abuelo, que se da la circunstancia de que fue su constructor a principios del siglo XX.

 La afección patrimonial se extenderá al total de la parcela (artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística). La protección parcial estará destinada a la conservación de la fachada, su estructura volumétrica y arquitectónica, así como al espacio ajardinado que acompaña a la edificación; características éstas de una tipología tradicional y residencial rural que debe preservarse (art. 47 de este mismo Decreto). 

 Formará parte de la ordenación pormenorizada del planeamiento (art. 188.2), dado que se halla en una zona en la que se desarrolla este tipo de parcelas residenciales. Se atenderá a lo dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y 120/2006  (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del paisaje de carácter abierto y las  construcciones que limiten el campo visual, así como la armonización con el entorno de las obras de restauración o nuevas edificaciones o construcciones (art. 12 de la Ley 10/2004, del S.N.U.), así como al deber del propietario del mantenimiento de las construcciones o edificios (art. 8 de la Ley 10/2004, del S.N.U.). 

 No obstante, y en el caso de que el bien pudiera ver afectada su integridad, parcial o totalmente, se procederá con antelación a su documentación arqueológica y arquitectónica, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como las prescripciones derivadas de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda

FOTOS:

Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:














R071 Acueducto de Riego de la Estación de Monóvar PE-055



EL ACUEDUCTO DE RIEGO DE LA ESTACIÓN DE MONÓVAR

Localización:

 Este Bien Catalogado eldense se halla situado en las proximidades del barrio de la Estación de Monóvar, dispuesto transversalmente sobre una rambla muy próxima a la Rambla del Gobernador, a unos 300 m. al NNE. Se encuentra en la Partida de Campo Alto.


Localización del bien en Google Maps

 Su localización exacta se encuentra antes de llegar a la estación de FF.CC. de Monóvar-Pinoso, en la carretera CV-83. A nuestra derecha y frente a la casilla guardabarrera de la estación se encuentra el bien.

Localización aérea del bien

Descripción:

 Se trata de un acueducto para la conducción de agua de riego, conformado por tramos adintelados de pilares de mampostería, de sección cuadrada, y tramos rectos de cañería abierta, labrada en sillería, y de sección en "U", dispuestos sobre los anteriores a modo de entablamento.

 Fue seccionado por la modificación de la carretera CV-83 (Elda-Monóvar). Tradicionalmente, se pensaba que podría pertenecer a la Acequia de Bolón, que llevaba el agua desde la Alfaguara hasta la zona de La Tejera, en el barrio de la Estación de Monóvar. No obstante, y según noticias orales, parece que transportaba las aguas desde un manantial particular a todo el conjunto de casas que existían antiguamente en la zona de La Tejera.

 Es una construcción del primer tercio del siglo XIX y está incluido en el Patrimonio Hidráulico, en la sección de Acequias y Canales, que en la actualidad se encuentra inactivo.

 Dadas las dimensiones de la parcela, la protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 10 m., siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. En el caso de que el bien pudiera ver afectada su integridad, parcial o totalmente, dada su inactividad, se procederá con antelación a su documentación arqueológica y etnológica, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como tantas prescripciones se deriven de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.


TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda

FOTOS:

Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:





















martes, 24 de marzo de 2015

R064 Puente del Barranquet PE-054


El Puente del Barranquet


EL PUENTE DEL BARRANQUET

Localización:

  Este Bien Catalogado eldense se sitúa en el límite de términos entre Elda y Petrer, en el camino que lleva desde la A-31 a la finca El Poblet, una vez pasado éste sobre el desvío que lleva al río Vinalopó, sobre la Rambla del Barranquet. Está afectado por el entorno del B.R.L. del Mojón del Barranquet, y por el A.V.A. nº 18 (El Chorrillo). Está compuesto por las portadas de ambas bocas, la bóveda, las tres aletas de sillería y los tres contrafuertes de sillarejo. Se localiza en la Partida Monastil- Chorrillo.


Localización del bien en Google Maps

 También se puede llegar hasta él siguiendo la via férrea a la salida del túnel del Pantano desde el puente de acceso a las edificaciones existentes en su entorno.

Localización del bien en vista aérea

Descripción:

 Se trata de un puente del ferrocarril de la línea Madrid-Alicante, de un sólo ojo, construido en sillería, y rematado por un pretil de piezas de piedra arenisca, con una moldura tórica tanto en su parte superior como en la inferior. Su construcción data de los años 1.856-1.857.

 El arranque del arco está marcado por una moldura corrida a modo de salmer. La sillería muestra los efectos de la erosión con la meteorización sobre la superficie de la piedra, en unos casos, y la presencia de patina negra debido a la humedad, en otros casos.

 A ambos lados y en ambas márgenes, el puente está protegido por aletas de sillarejo que contienen los taludes de tierras, a excepción del lado norte, sobre el cauce del río, en el que tres potentes contrafuertes de sillarejo sustituyen la función del talud de tierras debido a la presencia en origen del Molino del Barranquet, ubicado en este mismo lugar.

 Es notorio mencionar que el centro del puente se toma como el tercer mojón entre Elda y Petrer, según  el bosquejo planimétrico del lnstituto Geográfico y Estadístico del R.D de 1.896. No obstante, adosado a la aleta sur de la vertiente del río, se halla el mojón testimonio del que, en su día, originariamente debía situarse en el punto donde se halla el puente.

 Pertenece al Patrimonio de la Ingeniería Civil en su apartado de Puentes y Túneles y su cronología es de mediados del siglo XIX.

 Se preservarán los elementos definitorios de su estructura arquitectónica, altura, volumen, fábrica, acabados y remates (art. 184 del  Decreto 67/2006, Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística). Además, estará sujeto a la normativa de protección del entorno del B.R.L. del mojón de termino que se halla junto a él (art. 50 de la Ley 4/1998 y su modificación Ley 10/2012; así como los arts. 7 al 14 del Decreto 62/2011, de B.R.L.). En consecuencia, en virtud del art. 4 de la Ley 10/2004, del S.N.U. este inmueble, al quedar afectado por dicho entorno, deberá ser clasificado como Suelo No Urbanizable Protegido e incorporarlo, según el art. 188 del Decreto 67/2006, a la ordenación pormenorizada. 

 Se atenderá a lo dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y 120/2006  (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del paisaje de carácter abierto y las construcciones que limiten el campo visual, así como la armonización con el entorno de las obras de restauración o nuevas edificaciones o construcciones  (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 12). Así como tantas prescripciones se deriven de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección en las diferentes legislaciones sectoriales, en especial aquellas normativas que sean de aplicación respecto al subsuelo del bien.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

Gisbert Pérez, E., "Siglo y medio de patrimonio e historia del ferrocarril en Elda y su término municipal", Historias Visuales de Elda, vol. 2, Generalitat Valenciana, Valencia.

FOTOS:

Ximo G. Rico ( Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica: