sábado, 8 de agosto de 2015

U072 Inmueble Calle Jardines nº 31 PE-185

Inmueble Calle Jardines nº 31


INMUEBLE DE LA CALLE JARDINES Nº 31

Localización:

 Este Bien Catalogado eldense se encuentra situado en el número de policía 31 de la Calle Jardines, en el Barrio de la Prosperidad. Hacemos notar que, pese a encontrarse en la misma intersección que el otro Bien Catalogado  Inmueble de la Calle Jardines nº 29, situado en la esquina de enfrente  y que pertenece al Barrio Centro, aquel pertenece, sin embargo, al Barrio de la Prosperidad, pues es en esta esquina donde da comienzo este barrio eldense.

Localización del bien en Google Maps

 Es un inmueble situado en una de las intersecciones de viales más típicas del Centro Histórico de Elda. Es de planta trapezoidal, de tendencia rectangular, y forma esquina con las calles Ortega Gasset y Jardines. Es conocido por los eldenses como la Casa de la Señora Balbina, Viuda de D. Antonio Juan Busquier, conocido empresario zapatero de nuestra ciudad en el pasado.

Descripción:

 Se trata de un edificio de tres plantas, la inferior totalmente transformada por la actividad comercial, y las restantes organizadas en dos fachadas simétricas en torno al mirador del chaflán de la parcela.

 La decoración de la fachada se reduce a elementos pintados en dinteles y cenefas horizontales en la parte superior de los vanos, que denota cierta transición entre el modernismo y el eclecticismo.

 Parte de ella fue sede del Partido Comunista de España durante un período de la Guerra Civil. En los primeros momentos de la postguerra fue utilizado por Falange Española, para alojar soldados marroquíes.

  Después, durante algunos años fue sede del Banco Popular, aunque al parecer la información a este respecto es algo confusa y no totalmente contrastada.

 Pertenece al Patrimonio Arquitectónico Civil en su apartado de Edificios Residenciales. La época de construcción del edificio está datada entre los años 1.910 y 1.920. Su estado es óptimo dado su carácter particular y en la actualidad habitado.

 El régimen de protección deberá extenderse a toda la parcela (art. 187.2 del Decreto 67/2006, del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística), preservando los elementos definitorios de su estructura arquitectónica, altura, volúmenes, fachada, distribución de huecos, balcones y acabados, y portada, así como los espacios nobles interiores (art. 185 del  Decreto 67/2006). Además, se tendrá especial observancia en atención a lo dispuesto en el Decreto 120/2006, del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana (arts. 21.1-3, 22), sobre los conjuntos urbanos históricos y sobre la integridad de las perspectivas de los paisajes urbanos y la armonización de las construcciones adyacentes, en un espacio tan característico como éste (arts. 35.b y 37.7); y de las reformas y nuevas edificaciones de los inmuebles que configuran este espacio urbano (art. 98 del Decreto 67/2006). Así como las que se deriven, genéricamente, de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales competentes.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

Navarro Pastor, A. (1.981): “Historia de Elda”, Tomo III, pág. 255-256

Valero Escandell, J. R.-Navalón García, M.R., dir., et alii, (2.007): “Inventario de    lugares vinculados con la Guerra Civil en los municipios de la Mancomunidad Intermunicipal del valle del Vinalopó y posibilidades de utilización turística “. Universidad de Alicante. (inédito).

FOTOS:

Ximo G. Rico  (Amigos por la Recuperación del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:

















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