viernes, 25 de septiembre de 2015

R020 Mojón Nº 7 (Elda-Novelda-Monóvar) PE-225

El Mojón nº 7 (Elda-Novelda-Monóvar)


EL MOJÓN Nº 7  ELDA-NOVELDA-MONÓVAR


Localización:

 Este Bien de Relevancia Local (B.R.L.), también conocido como el Mojón de los Altos de Verdú, se localiza en el límite de los términos municipales de Elda, Monóvar y Novelda, al sur de las Canteras de Bateig y del paso a nivel del FF.CC. Alicante-Madrid, que se encuentra antes de llegar al Puente Sambo. Atravesado el paso a nivel, el bien se encuentra en una pequeña loma a nuestra izquierda. Está situado, por tanto, en la eldense Partida de Bateig.

Localización del bien en Google Maps

 Se halla situado en un cerro o loma redondeada que forma parte de un pequeño conjunto de elevaciones pertenecientes al extremo suroeste de la Sierra de Bateig, sobre la cima más elevada de todas ellas, en los denominados  Altos de Verdú. Se encuentra limitado por dos líneas férreas: la antigua, al Este, y la del AVE, al Oeste. El paisaje ondulado está acompañado por algún pino aislado y por antiguos  espartales, cultivo aprovechado por la cordelería y alpargatería del siglo XIX. Se trata de un Monumento de Interés Local. El titular de la parcela es privado. No obstante, el amojonamiento es dominio público.

Vista aérea del bien

Descripción:

 Al igual que el mojón nº 8 situado al otro lado de la línea férrea, cercano a la casa abandonada del paso a nivel, está construido por un bloque paralelepípedo de caliza-arenosa (“molasa”), dispuesto verticalmente e hincado en el suelo, reforzado en su base con un zócalo de mampostería trabada con mortero de cal.

  Se trata del mojón trifinio de los términos de Elda, Monóvar y Novelda, ya que también delimita el término municipal de Monóvar con los de Elda y Novelda.

  Al igual que el mojón nº 8, se desconoce a ciencia cierta su datación. Entre las fuentes documentales existen algunas que se refieren a la delimitación de la villa. Ya en 1.428 existe una sentencia sobre el conflicto entre Elda y Novelda. Lamberto Amat, en 1.875, describe los límites que se determinaron en esta sentencia, pero añade que eran los mismos que existían en su tiempo y que aún estaban en su sitio. Otro evento posterior que se podría relacionar es el deslinde y amojonamiento de 1889 (R.D. de 30 de agosto).

 Pertenece al Patrimonio de la Ingeniería Civil en su apartado de Mojones. No presenta patologías visibles aparentemente, y no se observa peligro de destrucción.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

Amat y Sempere, L., (1.983): “ [1873]. Elda. Su antigüedad. Su historia...”, Elda, ed. facsímil, Tomo II, pág. 307-328.

Instituto Geográfico y Estadístico, 1.896, Trabajos Topográficos 068964. Bosquejos planimétricos mandados formar por la ley de 24 de agosto y el Real Decreto de 29 de diciembre de 1896, Provincia, Alicante, 3ª Brigada. Término municipal de Elda.

Matallana Hervás, F., (2.009):  “Delimitación del término municipal de Elda en 1.889 (IV y último). El deslinde con Novelda”, Semanario Valle de Elda (22-5-2.009), núm. 2604, pág.50-51.

Samper Alcázar, J., (1.994): "Una aportación al estudio histórico de los límites de Elda", Revista Alborada, 39, pág. 116-117.

FOTOS:   Ximo G. Rico  (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:












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