viernes, 16 de octubre de 2015

R088 Refugio de Cantero de Bateig 11 PE-244

El Refugio de Cantero Nº 11 de Bateig


REFUGIO DE CANTERO DE BATEIG Nº 11

Localización:

 Este Bien Catalogado eldense se halla situado en la Sierra de Bateig, en la zona extractiva de piedra de las canteras situadas al Oeste de la sierra, cercana a la Peña del Sol. Se localiza en la Partida de Bateig.

Localización del bien en Google Maps

 El bien se halla en las canteras de Bateig, hacia la zona  centro-septentrional, en una pequeña área de acopios, al pie de una vaguada que procede desde el norte, desde la Peña del Sol.

Localización aérea del bien

Descripción:

 Se trata de una construcción de finalidad indeterminada, posiblemente vinculada a las tareas extractivas y refugios de cantero, realizada en fábrica de mampostería y sillería, mediante la técnica de piedra seca.

 La cubierta, a modo de entablamento, está formada por grandes losas de piedra. Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural Valenciano. Modificación puntual nº 49 del P.G.O.U. (ampliación, nº 17).

 Pertenece al Patrimonio Preindustrial en su apartado de Refugios de Cantero. Como otras construcciones de este tipo de las situadas en Bateig, su cronología es de finales del siglo XIX, y abarca hata los comienzos del siglo XX. Su estado es de gran deterioro, ya que las losas que tapan la cubierta del refugio están desplazadas dejando entrever el interior del bien.
 Dadas las dimensiones de la parcela, la protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 5 m., siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Además, se atenderá a lo dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y 120/2006  (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del paisaje de carácter abierto y las construcciones que limiten el campo visual, así como la armonización con el entorno de las obras de restauración o nuevas edificaciones o construcciones (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 12), así como al deber del propietario del mantenimiento de las construcciones o edificios (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 8).

 No obstante, y en el caso de que el bien pudiera ver afectada su integridad, parcial o total, se procederá con antelación a la limpieza, excavación y documentación arqueológica y etnológica del mismo, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como las prescripciones derivadas de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

Segura Herrero, G., (2.006): “Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural Valenciano en la Modificación Puntual nº 49 del PGOU de Elda: Sector Bateig (Elda, Alicante)”, Memoria Final, Elda, 38 pp.

FOTOS:   Ximo G. Rico   (Amigos del Castillo de Elda)

                                                        =======================


Galería fotográfica:












No hay comentarios:

Publicar un comentario