martes, 6 de octubre de 2015

R079 Refugio de Cantero de Bateig 2 PE-235

El Refugio de Cantero Nº 2 de Bateig


EL REFUGIO DE CANTERO DE BATEIG Nº 2

Localización:

 Este Bien Catalogado eldense se encuentra localizado en las Canteras de la Sierra de Bateig, muy cerca de la entrada a las mismas. Se encuentra en la Partida de Bateig.

Localización del bien en Google Maps

 El bien se ubica en las Canteras de Bateig, en el extremo sureste de la zona de extracción, junto a la divisoria de término municipal. A unos 100 m. del azud de la rambla, que partiendo del extremo norte del monte de Bateig, cruza por el centro el plano minero de esta pequeña sierra, desde el norte hasta el sur.

Localización aérea del bien

Descripción:

 Se trata de una construcción de reducidas dimensiones y planta rectangular, utilizada como lugar de refugio de los canteros que trabajaban en la explotación anexa.

 Realizada en mampostería, presenta un único y pequeño acceso con dintel de grandes dimensiones, pues se trata de una losa de piedra arenisca. Estudio de Impacto Ambiental. Modificación puntual nº 49 del P.G.O.U. de Elda (ampliación, nº 6).

 Pertenece al Patrimonio Preindustrial en su apartado de Refugios de Cantero. Su cronología abarca de finales del siglo XIX hasta bien entrado el siglo XX, cuando fueron abandonadas las canteras anexas a él.

 Dadas las dimensiones de la parcela, la protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 5 m., siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

 Además, se atenderá a lo dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y 120/2006  (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del paisaje de carácter abierto y las construcciones que limiten el campo visual, así como la armonización con el entorno de las obras de restauración o nuevas edificaciones o construcciones (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 12), así como al deber del propietario del mantenimiento de las construcciones o edificios (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 8). No obstante, y en el caso de que el bien pudiera ver afectada su integridad, parcial o total, se procederá con antelación a la limpieza, excavación y documentación arqueológica y etnológica del mismo, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como las prescripciones derivadas de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

Segura Herrero, G., (2.006): “Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural Valenciano en la Modificación Puntual nº 49 del PGOU de Elda: Sector Bateig (Elda, Alicante)”, Memoria Final, Elda, 38 pp.

FOTOS:   Ximo G. Rico  (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:














                

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