jueves, 8 de octubre de 2015

R081 Refugio de Cantero de Bateig 4 PE-237

El Refugio de Cantero de Bateig Nº 4


EL REFUGIO DE CANTERO DE BATEIG Nº 4

Localización:

 Este Bien Catalogado eldense se localiza a la derecha de la entrada a las Canteras de Bateig. Se sitúa en una pequeña sierra alargada frente a las canteras en explotación actuales, a media altura de la pendiente de la misma. Se encuentra en la Partida de Bateig.

Localización del bien en Google Maps

 El bien se halla en la Sierra de Bateig, al sureste de la zona de extracción junto a la divisoria de término municipal, y sobre la pendiente de roquedo de la umbría del pequeño espolón que se configura como el umbral de acceso al plano interior de Bateig y, por ende, a la zona extractiva.

Localización aérea del bien

Descripción:

 Se trata de una construcción de reducidas dimensiones, localizada a media ladera en la estribación oriental de Bateig. Realizada en mampostería seca, presenta un único y pequeño acceso.

 Está actualmente amenazado por los nuevos tajos remontantes de una vieja cantera, de nuevo en explotación. Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural Valenciano. Modificación puntual nº 49 del P.G.O.U. (ampliación, nº 20).

 Pertenece al Patrimonio Preindustrial en su apartado de Refugios de Cantero. Como otros, su cronología abarca desde finales del siglo XIX hasta bien entrado el siglo XX, cuando las canteras anexas fueron abandonadas.

 Dadas las dimensiones de la parcela, la protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 5 m., siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

 Además, se atenderá a lo dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y 120/2006  (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del paisaje de carácter abierto y las construcciones que limiten el campo visual, así como la armonización con el entorno de las obras de restauración o nuevas edificaciones o construcciones (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 12), así como al deber del propietario del mantenimiento de las construcciones o edificios (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 8).

 No obstante, y en el caso de que el bien pudiera ver afectada su integridad, parcial o total, se procederá con antelación a la limpieza, excavación y documentación arqueológica y etnológica del mismo, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como las prescripciones derivadas de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

Segura Herrero, G., (2.006): “Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural Valenciano en la Modificación Puntual nº 49 del PGOU de Elda: Sector Bateig (Elda, Alicante)”, Memoria Final, Elda, 38 pp

FOTOS:    Ximo G. Rico  (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:









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