jueves, 21 de abril de 2016

R108 Acueducto de la Acequia de Abajo PE-307

Acueducto de la Acequia de Abajo

EL ACUEDUCTO DE LA ACEQUIA DE ABAJO

Localización:

 Los restos de este Bien Catalogado eldense, se encuentran situados en la Rambla de Noguera, que recoge las aguas provenientes de la Sierra del Caballo y las canaliza hacia el río Vinalopó frente a su desembocadura al mismo frente a la Casa del Monastil, en el mismo límite con el término municipal de Petrel.


Localización del bien en Google Maps

 Para llegar hasta el bien, tomaremos un camino asfaltado a la derecha de la salida de la autovía en dirección a Alicante, antes de entrar a la Gasolinera del Guirney. Este camino nos deja frente al acueducto de Noguera en la propia rambla, bajo el caserío de Santa Bárbara. A unos 100 metros aguas debajo de la misma, encontraremos el bien.


Vista aérea del bien
Historia:

 La partida rural de Santa Bárbara aparece ya citada en el siglo XVI con el nombre de la “Alcadufada de Noguera” ( del árabe al-qadus, vaso), que pasa a “arcaduz”, nombre con que se conoce el caño por donde circula o se conduce el agua.

 En este lugar ha existido desde siempre un manantial, cuyas aguas, por arcaduces y acueductos, se conducían hasta las fuentes públicas de la villa de Elda, población que tenía derechos adquiridos sobre el preciado líquido. Los campesinos del lugar no podían utilizarla para regar sus cultivos, ni los ganaderos ni pastores para abrevar a sus animales, lo que dio lugar a serios incidentes entre los moradores de la Noguera (así se llamaba el lugar) y la justicia eldense, pues aquellos taponaban el manantial y desviaban el agua para sus cosechas.

 En 1.565, el gobernador de las villas de Elda, Petrel y Salinas, Don Gaspar Ramiro de Espejo, realizó un bando por el que prohibía que labradores, ganaderos, leñadores y cazadores entraran en toda la heredad de Don Juan Coloma, Conde de Elda y señor de estas tierras, bajo pena de multa de 60 sueldos a todo aquel que se acerque a 60 pasos de la fuente o de toda la alcadufada de Noguera.

 Como la medida no daba resultados, los pleitos y sentencias se sucedieron e inundaron los archivos de ambas villas de Elda y Petrel, llegando a preocupar al Conde de Elda, D. Juan Andrés Coloma, y vio conveniente que esta partida rural eldense tan conflictiva se convirtiera en un marquesado independiente, para que no perteneciese a ninguna de ambas villas.

 Solicitó, pues, al rey Carlos II la creación de este marquesado de Noguera, que le fue otorgado el 16 de Noviembre de 1.570, y fue vendido, dadas las deudas del conde, a D. Antonio Coloma Liederquerque, primo de él, por la cantidad de 6.000 libras valencianas, convirtiéndose en el Marqués de Noguera, pasando desde entonces a pasar la jurisdicción de este territorio al marquesado creado. La condición que impuso el Conde de Elda fue que el agua no dejara de ser abastecida a la villa y castillo eldenses.

Descripción:

 Los restos que se observan en la actualidad se corresponden a la construcción del acueducto que transportaba el agua de la denominada Acequia de Abajo hacia la villa de Elda en los siglos XVIII-XIX.

 Se trata de un acueducto de ojo único semicircular ("arco escarzano"), construido en sillería de piedra arenisca trabada con cal y arena, aunque el algunas partes sus sillares quedan al aire por pérdida de la argamasa que los unía. Tiene las dovelas talladas.

 La parte superior del acueducto está acabada con sillares dispuestos horizontalmente y de una altura de 80 cm., separados por una cenefa de piedra arenisca igual que los sillares de unos 40 cm. de anchura de los sillares que forman la parte inferior del acueducto. En la parte superior queda la acequia que transportaba el agua a través de él. Modernamente ha sido sustituida por una tubería moderna.

 Como complemento diremos que este acueducto conducía agua hacia Elda, llegando su canalización hasta la partida de La Jaud, ya que el agua para el riego y consumo de esta zona de Elda pasaba también por los restos actuales del Acueducto de La Jaud.

 Pertenece al Patrimonio Hidráulico en su apartado de Canales y Acequias. Después de la visita cursada al bien, hemos de decir que su estado está muy deteriorado y con pintadas que necesitan de borrado, por lo que una urgente intervención para no perder lo poco que queda de él es muy necesaria, por el progresivo deterioro a la que se ve expuesta.

 Dadas las dimensiones de la parcela, la protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 10 m., siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

 En el caso de que los restos del bien pudieran ver afectada su integridad, parcial o totalmente, dada su inactividad, se procederá con antelación a su documentación arqueológica y etnológica, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como tantas prescripciones se deriven de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.

 TEXTO y FOTOS:

Ximo G. Rico  (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:















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