Presentación

Este Blog va dedicado a todos los eldenses, para que conozcan el rico Patrimonio Histórico y Cultural que poseemos y en el que colabora nuestro Museo Arqueológico Municipal a través de su Director, D. Antonio M. Poveda Navarro, al que agradecemos infinitamente su dedicación al mismo.

Grupo Social "Amigos del Castillo de Elda" y

Asociación "Amigos del Castillo de Elda"

Ximo G. Rico (Administrador)

jueves, 21 de abril de 2016

R107 Acueducto de la Rambla de Noguera PE-306


Acueducto de la Rambla de Noguera


EL ACUEDUCTO DE LA RAMBLA DE NOGUERA

Localización:

 Los restos de este Bien Catalogado eldense, se encuentran situados en la Rambla de Noguera, que recoge las aguas provenientes de la Sierra del Caballo y las canaliza hacia el río Vinalopó frente a su desembocadura al mismo frente a la Casa del Monastil, en el mismo límite con el término municipal de Petrel.


Localización del bien en Google Maps

 Para llegar hasta el bien, tomaremos un camino asfaltado a la derecha de la salida de la autovía en dirección a Alicante, antes de entrar a la Gasolinera del Guirney. Este camino nos deja frente al acueducto en la propia rambla, bajo el caserío de Santa Bárbara.


Vista aérea del bien

Historia:

 La partida rural de Santa Bárbara aparece ya citada en el siglo XVI con el nombre de la “Alcadufada de Noguera” ( del árabe al-qadus, vaso), que pasa a “arcaduz”, nombre con que se conoce el caño por donde circula o se conduce el agua.


El Caserío de Santa Bárbara

 En este lugar ha existido desde siempre un manantial, cuyas aguas, por arcaduces y acueductos, se conducían hasta las fuentes públicas de la villa de Elda, población que tenía derechos adquiridos sobre el preciado líquido. Los campesinos del lugar no podían utilizarla para regar sus cultivos, ni los ganaderos ni pastores para abrevar a sus animales, lo que dio lugar a serios incidentes entre los moradores de la Noguera (así se llamaba el lugar) y la justicia eldense, pues aquellos taponaban el manantial y desviaban el agua para sus cosechas. Inicialmente el agua provenía de Caprala, hasta que de se descubrió el nacimiento de la Rambla de Noguera.

 En 1.565, el gobernador de las villas de Elda, Petrel y Salinas, Don Gaspar Ramiro de Espejo, realizó un bando por el que prohibía que labradores, ganaderos, leñadores y cazadores entraran en toda la heredad de Don Juan Coloma, Conde de Elda y señor de estas tierras, bajo pena de multa de 60 sueldos a todo aquel que se acerque a 60 pasos de la fuente o de toda la alcadufada de Noguera.


 Como la medida no daba resultados, los pleitos y sentencias se sucedieron e inundaron los archivos de ambas villas de Elda y Petrel, llegando a preocupar al Conde de Elda, D. Juan Andrés Coloma, y vio conveniente que esta partida rural eldense tan conflictiva se convirtiera en un marquesado independiente, para que no perteneciese a ninguna de ambas villas.

 Solicitó, pues, al rey Carlos II la creación de este marquesado de Noguera, que le fue otorgado el 16 de Noviembre de 1.570, y fue vendido, dadas las deudas del conde, a D. Antonio Coloma Liederquerque, primo de él, por la cantidad de 6.000 libras valencianas, convirtiéndose en el Marqués de Noguera, pasando desde entonces a pasar la jurisdicción de este territorio al marquesado creado. La condición que impuso el Conde de Elda fue que el agua no dejara de ser abastecida a la villa y castillo eldenses.

 En una avenida de agua del año 1.598 sufrieron una severa rotura las conducciones y en 1.615 se acometió la más importante obra para la conducción de agua a Elda, con el acueducto incuido, que acabaron en 1.622 y un coste de 2.429 libras valencianas. Entre los años 1.838 y 1.839 se repuso más de un kilómetro de canalización de piedra y se construyeron 22 arcos de mampostería, abandonándose la antigua canalización a finales del siglo XIX para ser sustiyuida por una canalización de tubería de hierro.

Descripción:

 Los escasos restos que se observan en la actualidad se corresponden al estribo del acueducto situado en la margen izquierda de la rambla, pues el resto de la construcción original ha desaparecido por completo. Tiene algunas piezas de canalización inmersas en el muro, apareciendo la coronación muy descarnada.

 Debió tratarse de un acueducto de ojo único, del que desconocemos su forma, ya que pudo ser circular, semicircular o tal vez ojival, como los arcos que presenta en Acueducto de San Rafael de la vecina Petrel. Algunos autores (Pérez Medina, 1.995); Jover y Pérez, 2.007), hablan de un único ojo en arco "escarzano" (semicircular) aunque esto no está demostrado.

 Lo que no cabe duda es que su construcción fue de mampostería gruesa trabada con cal y arena, aunque en alguna de sus partes, sobre toda la del Oeste, los mampuestos quedan al aire al haber perdido casi toda la argamasa que unía a los mismos y que cubría la pared que formaban.

 También puede observarse al final del acueducto uno de los sillares de caliza tallado en el que se observa claramente la canaladura hecha para que agua cayera en su salida del acueducto hacia la acequia que existiría a continuación y de la que no hemos encontrado resto alguno. Se supone que su longitud total debió ser de unos 10 metros de largo, donde el paramento se superponen dos estratos: el inferior de mampostería de cantos rodados y el superior de 85 cm. de mampuestos irregulares y revocado con cal.


Pertenece al Patrimonio Hidráulico en su apartado de Canales y Acequias. Después de la visita cursada al bien, hemos de decir que su estado es casi de ruina total, por lo que está necesitada de una urgente intervención para no perder lo poco que queda de él.

 Dadas las dimensiones de la parcela, la protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 10 m., siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.


 En el caso de que los restos del bien pudieran ver afectada su integridad, parcial o totalmente, dada su inactividad, se procederá con antelación a su documentación arqueológica y etnológica, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como tantas prescripciones se deriven de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.

TEXTO y FOTOS:

Ximo G. Rico  (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:



















































































































































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