Aljibes de la Rambla de Bateig
ALJIBES DE LA RAMBLA DE
BATEIG
Localización:
Este Bien Catalogado eldense, compuesto por
dos aljibes adyacentes, se localizan en el comienzo de la Rambla de Bateig,
situada en la cabecera de la escorrentía que proviene de la parte norte de la
Sierra de Bateig, en las cercanías de la Peña
del Sol, en la Partida de Bateig.
Localización del bien en Google Maps
Los dos aljibes se ubican en el cauce de la
rambla que drena la meseta basculada hacia el interior de Bateig, aguas arriba
del Azud de Bateig, a unos 150 m.de
éste último. Entre los dos no hay más de 25 m. de distancia.Los bienes están afectados patrimonialmente por el entorno de
protección del B.R.L. Azud de la Rambla
de Bateig, y su subsuelo por el A.V.A. nº 20 (Bateig).
Vista aérea del bien
Descripción:
Los aljibes en 2.006. Nótese el estado del aljibe norte ( nº 2) con las fotos actuales.
Se trata de dos aljibes para servicio de los
antiguos trabajadores y de las caballerías usadas en el transporte de piedra.
Su carga era por arrastre o escorrentía del agua de lluvia.
Sus brocales son prismáticos, construidos en
fábrica de mampostería, con cubierta a dos aguas con teja curva, con un vano en
fachada para la extracción de agua, y un pequeño abrevadero anexo para
caballerías y ganado.
El situado a una cota más baja se halla
entero; sin embargo, del otro sólo queda en pie una pared, pues se encuentra en
estado de semirruina. La empresa minera los ha rodeado para su protección con
una valla metálica, en aplicación de las medidas correctoras del Estudio de
Impacto sobre el Patrimonio Cultural Valenciano. Modificación puntual nº 49 del
P.G.O.U. de Elda (nº 3).
Esto sucedió en el año 2.006, tras el Estudio
de Impacto sobre estos Bienes Patrimoniales eldenses. En nuestra visita, y como
podréis observar en la galería fotográfica, el de cota inferior (Aljibe 1) está
ya en estado de ruina inminente, mientras que el de la cota superior (Aljibe 2)
se encuentra en estado de ruina casi total. Las fotos del año 2.006 comparadas
con las que tomamos nosotros, dan una idea de lo expuesto: vallado roto, sin
puertas y en un estado lamentable de conservación. Urge una actuación urgente
para salvaguardar el bien, pues el avance de las escombreras de la cantera
amenazan su desaparición total.
Pertenece el bien al Patrimonio Hidráulico en
su apartado de Pozos y Aljibes. Su cronología abarca los finales del siglo XIX
y comienzos del XX.
Dadas las dimensiones de la parcela, la
protección abarcará el cauce de rambla que se extiende desde 10 m. más arriba
del aljibe superior, hasta 10 m. abajo del aljibe inferior, siguiendo lo
emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y
Gestión Territorial y Urbanística. En virtud del art. 4 de la Ley 10/2004, del
S.N.U., este bien integrado en el entorno del B.R.L. Azud de la Rambla de
Bateig deberá ser clasificado como Suelo No Urbanizable Protegido e
incorporarlo, según el art. 188 del Decreto 67/2006, a la ordenación
pormenorizada.
Además, serán de aplicación la normativa de
protección del B.R.L. al que queda afecto (art. 50 de la Ley 4/1998, y su
modificación Ley 10/2012; así como los arts. 7 al 14 del Decreto 62/2011, de
B.R.L.). Se atenderá a los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y
120/2006 (art. 21. 1 y 3) sobre las
perspectivas del paisaje de carácter abierto y las construcciones que limiten
el campo visual, así como la armonización con el entorno de las obras de
restauración o nuevas edificaciones o construcciones (Ley 10/2004, del S.N.U.
art. 12), así como al deber del propietario del mantenimiento de las
construcciones o edificios (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 8).
No obstante, y en el caso de que el bien
pudiera ver afectada su integridad, parcial o totalmente, se procederá,
previamente, a su documentación arqueológica y etnológica, según el Título III
de la Ley 4/1998 y 5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Además, su subsuelo
queda amparado por la normativa aplicable del AVA nº 20 (Bateig). Así como las
prescripciones derivadas de su condición de bien inmueble catalogado y de su
nivel de protección, en las diversas legislaciones sectoriales.
TEXTOS:
Bienes Catalogados del Excmo.
Ayuntamiento de Elda.
Segura
Herrero, G., (2.006): “Estudio de Impacto
sobre el Patrimonio Cultural Valenciano
en la Modificación Puntual nº 49 del PGOU de Elda: Sector Bateig (Elda, Alicante)”, Memoria Final, Elda,
38 pp.
FOTOS:
Bienes
Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.
Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)
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Galería fotográfica:
Aljibe Nº 1
Aljibe Nº 2
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