jueves, 1 de octubre de 2015

U119 Mojón de la Carretera N-330 PE-231

El Mojón de la Carretera N-330


EL MOJÓN DE LA CARRETERA N-330

Localización:

 Este Bien Catalogado eldense está localizado en la Avda. del Mediterráneo, s/n., en el Barrio de la Avda. del Mediterráneo.

Localización del bien en Google Maps

 Se corresponde con una tipología concreta de mojón de carretera de época franquista y está situado en la acera derecha de la rotonda del Club de Campo, en dicha Avenida, justo delante del chaflán de la esquina de dicho Club, donde está el rotulo del mismo. No hace mucho está rotonda fue engalanada con una preciosa fuente de agua.

Descripción:

 Se trata de un típico mojón de la antigua carretera Alicante-Ocaña, cuando ésta pasaba por el casco urbano de la ciudad y seguía, por la Ciudad Vergel, hacia la actual gasolinera Idella.

  Esta tipología de mojones es fruto de la Instrucción de Carreteras de 11 de agosto de 1.939, por aplicación del Plan General de Obras Públicas de Alfonso Peña Boeuf (Ministro de Obras Públicas, 1.937-1.941).

 Es en ese momento cuando se clasifican las carreteras españolas y se estandarizan todos los elementos que se utilizarán los años siguientes. En 1.950 se aprobó el Plan de Modernización de la Red de Carreteras Españolas y con posterioridad se desarrolló el Plan de Estabilización de 1.959, en el que se produjeron mejoras de la red de carreteras del litoral mediterráneo. Por ello, este mojón debió instalarse entre 1.939 y 1.959, aproximadamente.

 Pertenece al Patrimonio de la Ingeniería Civil en su apartado de Mojones e Hitos. Su estado actual es bueno, sin desperfectos aparentes, aunque podría mejorarse el bien con una buena mano de pintura en los colores originales (blanco, rojo y negro).

 Queda prohibido cualquier tipo de afección sobre el bien, ya sea eliminación o traslado, quedando bajo la tutela de la normativa de patrimonio cultural, así como de la legislación sectorial competente en materia de obras públicas e infraestructuras.

 Sólo se autorizarán obras de mantenimiento y conservación, y, en cualquier caso, bajo supervisión de personal cualificado en materia de patrimonio cultural. En el caso obras de mejora de la acera del vial que precisen de su extracción, se procederá posteriormente a su colocación en el sitio exacto en el que actualmente se halla. La afección patrimonial y parcelaria queda restringida al bien, dadas sus características, siguiendo el art. 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

TEXTO:   Bienes Catalogados del Excmo.Ayuntamiento de Elda.

FOTOS:    Ximo G. Rico  (Amigos del Castillo de Elda)

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Galería fotográfica:









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