El Barrio de la Prosperidad
EL
BARRIO DE LA PROSPERIDAD
Localización:
Este Bien Catalogado eldense es un barrio
delimitado por las calles Dos de Mayo y Pedrito Rico, al norte y sur; por las
viviendas con número impar de la calle Juan Rico (inclusive), y las viviendas
del barrio tradicional con numero par de la calle Emilia Pardo Bazán. Incluye
la Plaza de la Prosperidad.
Localización del bien en Google Maps
Se compone de las siguientes calles y plaza: Calles
Juan Rico, Juan Sempere y Guarinos, Teniente Durán, El Seráfico, Emilia Pardo
Bazán, Dos de Mayo, Pedrito Rico, Clara Campoamor y la Plaza de la Prosperidad.
Todo ello da nombre al Barrio
Prosperidad.
Vista aérea del bien
Descripción:
Es un conjunto de inmuebles representativos de
la tipología de viviendas unifamiliares construidas por la sociedad de Casas
"La Prosperidad" entre 1.899 y 1.917, siguiendo la tradición
cooperativista obrera.
Se finalizaron 112 viviendas en parcelas de 77
m2, con un total edificado de 112 m2. El inmueble tipo queda definido por una
vivienda de dos plantas y patio, sin concesión a la decoración, con cubierta a
dos aguas vertiente a fachadas, con dos ventanas en planta superior y, ventana
y puerta en la inferior.
Pertenece al Patrimonio
Arquitectónico Civil en su apartado de Barrios. Según reza en la Placa
Conmemorativa al comienzo del barrio, también Bien Catalogado eldense, su
cronología es del año 1.899, aunque la barriada se acabó de construir sobre el
año 1.917.
El régimen de protección incluye el conjunto
de todas las parcelas afectadas (art. 187.2 del Decreto 67/2006, del Reglamento de Ordenación y Gestión
Territorial y Urbanística), preservando aquellos elementos de fachada que
contribuyen a generar esta homogeneidad del espacio urbano, su estructura
arquitectónica, altura, volúmenes y distribución de huecos, balcones y
acabados, que dotan del carácter tradicional y ambiental a este barrio (art.
186 del Decreto 67/2006).
Además, se tendrá especial observancia en
atención a lo dispuesto en el Decreto 120/2006, del Reglamento de Paisaje de la
Comunidad Valenciana (arts. 21.1-3, 22), sobre la integridad de las
perspectivas de los paisajes urbanos y la armonización de las construcciones
adyacentes; y de las reformas y nuevas edificaciones de los inmuebles que
configuran este espacio urbano (art. 98 del Decreto 67/2006). Así como las que
se deriven, genéricamente, de su condición de bien inmueble catalogado y de su
nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales competentes.
Además, en función del art. 44 del Decreto
67/2006, se deberá establecer para este área de manifiesto valor local una
ordenanza de edificación específica que asegure que las construcciones de nueva
planta y la reforma, rehabilitación y ampliación de las existentes armonicen
con el entorno cultural.
TEXTOS:
Bienes
Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.
Ponce Herrero, G., (2.006): “Industria y viviendas obreras. La
configuración de una ciudad
industrial”, Historia de Elda, II, Ayuntamiento de Elda-CAM, Alicante, pág.248-249.
FOTOS
:
Ximo G. Rico
(Amigos del Castillo de Elda)
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Galería
fotográfica:
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