Inmueble Calle Antonio Maura nº 9
INMUEBLE
CALLE ANTONIO MAURA Nº 9
Localización:
Este Bien Catalogado eldense es un inmueble
situado adyacente a la confluencia de las calles Antonio Maura y Nueva, con
planta de tendencia rectangular que presenta una estrecha prolongación hacia la
calle Nueva. Se encuentra en el número de policía 9 de la citada calle, en el Barrio Centro.
Localización del bien en Google Maps
Toda la planta inferior sufrió una profunda
modificación para su adaptación como un comercio de instalaciones industriales
hosteleras, que en la actualidad se encuentra cerrado.
Descripción:
Inmueble de tres alturas, de finales del
siglo XIX, en el que pervive el tipo de casa noble del siglo XVIII, de estilo
neoclasicista. Presenta disposición simétrica de vanos.
Destaca del conjunto del edificio la primera
planta que, por el acabado de vanos, balcones, rejería y altura de la planta,
se identifica con la planta principal. Destacan los vanos recercados con
pilastras y rematados por frontones de gusto clasicista.
Los laterales de la fachada de ambas plantas
están delimitados por pilastras decoradas con supuestos capiteles, distintos
para cada planta, separadas horizontalmente por una moldura corrida de pilastra
a pilastra a modo de arquitrabe (la superior con denticulados). Amplio alero
con azulejería y canes. El interior original está alterado y reformado por un
establecimiento comercial.
Pertenece al Patrimonio Arquitectónico Civil
en su apartado de Edificios Residenciales. Su cronología abarca desde finales
del siglo XVIII a comienzos del siglo XIX. (Años 1.890 al 1.910). Se encuentra
en buen estado de conservación y aparentemente no tiene daños estructurales
importantes.
El régimen de protección engloba toda la
parcela (art. 187.2 del Decreto 67/2006, del Reglamento de Ordenación y Gestión
Territorial y Urbanística). Se preservará íntegramente la fachada del primer y
segundo piso, y el remate decorado de cornisa y alero, así como sus acabados y
complementos tales como la rejería, y aquellos espacios interiores que no hayan
sufrido transformación alguna (art. 185 del Decreto 67/2006).
Cualquier intervención de restauración o
renovación de los elementos singulares de la fachada deberá ser avalada
mediante informe firmado por un técnico competente, con experiencia en
intervenciones sobre el patrimonio, y en el que se justifique fehacientemente
dicha necesidad en pro del mantenimiento del edificio, con la autorización del
órgano competente en materia de cultura.
Además, se tendrá especial observancia en
atención a lo dispuesto en el Decreto 120/2006, del Reglamento de Paisaje de la
Comunidad Valenciana (arts. 21.1-3, 22), sobre la integridad de las
perspectivas de los paisajes urbanos y la armonización de las construcciones
adyacentes; y de las reformas y nuevas edificaciones de los inmuebles que
configuran este espacio urbano (Decreto 67/2006, arts. 43.1-3, 44 y 98). Así
como las que se deriven de su condición de bien inmueble catalogado y de su
nivel de protección en las diferentes legislaciones sectoriales competentes.
TEXTO:
Bienes
Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.
FOTOS:
Ximo G. Rico ( Amigos
del Castillo de Elda )
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Galería
fotográfica:
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