El Monumento a la Cruz Roja
EL MONUMENTO A LA CRUZ ROJA
Localización:
Este Bien Catalogado eldense
está situado en la zona deportiva y ajardinada junto a la sede de la Asamblea
Local de la Cruz Roja Española, sobre el límite de esta área de equipamiento y
ocio, junto a la acera de la calle Hernán Cortés, y muy próximo a la calle Maestro Ramón Gorgé.
Localización del bien en Google Maps
Está localizado en el número de policía 14 de
la citada calle Hernán Cortés, en las cercanías de la pista cerrada de juegos
infantiles, y su situación está situada en el Barrio Trinquete de nuestra ciudad.
Descripción:
Monumento a la Cruz Roja, obra del escultor
alicantino José Gutiérrez, cuyo primigenio lugar de instalación fue el Puesto
de Socorro en la carretera Alicante-Madrid que la institución tenía en el
paraje del Reventón.
Tras un largo proceso de abandono, fue
restaurado por la Escuela-Taller -no exento de polémica, pues se carecía de
permiso del autor- y reubicado en el lugar urbano que hoy ocupa.
Se trata de una gran placa de piedra cuadrada
sobre pilares, con exaltación de la labor de los socorristas voluntarios de la
institución. Recogemos la descripción de la noticia dada por el periódico La
Vanguardia, de 18 de junio de 1.976, página 6: "El monumento de tres
metros de altura, tiene en su parte central en relieve dos miembros de la Cruz
Roja transportando a un herido. A la derecha, el busto de Henry Dunant y a la
izquierda, un relieve de la enfermera inglesa Florence Nightingale y la
inscripción: << Elda, 1.976, a la Cruz Roja>>.
Realizado por el escultor alicantino José
Gutiérrez Carbonell y se halla ubicado en el paraje de “El Reventón”, en la
carretera general N-330 hacia Alicante. Su realización ha importado casi medio
millón de pesetas. También fue inaugurado el puesto de socorro...".
El busto dedicado a Dunant ha desaparecido
recientemente. Pertenece al Patrimonio Arquitectónico Civil en su apartado de Monumentos.
Como hemos dicho su datación es del año 1.976 y se encuentra en un perfecto
estado.
La afección del bien se extenderá únicamente
al elemento en sí, pues actualmente se halla en un lugar secundario, desplazado
de su posición original, siguiendo el artículo 187 el Decreto 67/2006 del
Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Queda prohibido
cualquier tipo de afección sobre el bien que tenga como resultado su eliminación,
modificación o deterioro. Así como cuantas prescripciones se deriven,
genéricamente, de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de
protección, en las diferentes legislaciones sectoriales competentes.
TEXTO: Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento
de Elda.
FOTOS: Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)
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Galería
fotográfica:
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