La Plaza de Toros
LA
PLAZA DE TOROS
Localización:
El edificio de la Plaza de
Toros, Bien Catalogado eldense, se localiza ocupando un manzana al completo en un espacio
urbano rectangular generado por las calles Virgen de los Desamparados (al
Norte), calle Lepanto (al Oeste), Pablo Iglesias (al Sur), y la calle de los
Toreros, al Este. La esquina suroeste de la parcela contiene un edificio de
viviendas adosado a la plaza.
Localización del bien en Google Maps
Su ubicación es la Calle Virgen de los
Desamparados, en los números de policía 13, 15 y 17, en el Barrio Plaza de Toros.
Vista aérea del bien
Descripción:
Se trata el bien de una Plaza de Toros, de
planta circular, realizada en fábrica de mampostería vista, sin enfoscar, con
la piedra vista. Actualmente es propiedad del Ayuntamiento, que lo compró a la
familia Cantó. Su dueño anterior, don Eustaquio Cantó, era dueño también del
Cine Cantó, que en la actualidad, y una vez restaurado, es la sede del Auditorio
de la Asociación eldense ADOC.
En cuanto a su tipología, es estandar respecto
al común de los cosos taurinos de este nivel y tamaño. En la parte Sur,
lindando con la calle Pablo Iglesias, se le adosan todas los espacios
relacionados con los toriles. Se ha constituido, desde su construcción, como
nodo e hito público urbano en su entorno.
Todavía se usa para algunos acontecimientos
taurinos y de otra índole, ya que su estado actual es óptimo. Hace años se
celebraban en ella sesiones nocturnas de cine, así como veladas de lucha libre,
que los antiguos eldenses recuerdan con toda seguridad.
Pertenece al Patrimonio Arquitectónico Civil
en su apartado de Plazas de Toros. Su cronología abarca los años 1.945 y 1.946.
El régimen de protección del bien abarca toda
la parcela (art. 187.2 del Decreto 67/2006, del Reglamento de Ordenación y
Gestión Territorial y Urbanística). Se preservará su estructura arquitectónica
y todos los elementos definitorios, tanto de su interior como de su exterior,
altura, volúmenes, distribución de huecos, pasillos y vomitorios (art. 185 del
Decreto 67/2006, del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y
Urbanística).
Además, se tendrá especial observancia en
atención a lo dispuesto en el Decreto 120/2006, del Reglamento de Paisaje de la
Comunidad Valenciana (arts. 21.1-3, 22), sobre los conjuntos urbanos históricos
y sobre la integridad de la perspectivas de los paisajes urbanos. Así como
cuantas prescripciones y normativas se deriven, genéricamente, de su condición
de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes
legislaciones sectoriales competentes.
TEXTOS: Bienes
Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.
Navarro
Pastor, A., (1.981): “Historia de Elda” , Volumen III, pág.42
FOTOS: Ximo G. Rico
(Amigos del Castillo de Elda)
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Galería
fotográfica:
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