Balsa y Mina de la Cañada de la Perdíz
LA BALSA Y MINA DE LA CAÑADA DE LA PERDIZ
Localización:
Este Bien Catalogado eldense se localiza al
noroeste del término municipal en la Cañada de la Perdiz, situada en una
vaguada frente a Las Barrancadas y cercana al Caserío del Cojo, en la Partida de la Toscana.
Localización del bien en Google Maps
Se halla situado, como su propio nombre
indica, en la propia Cañada de la Perdiz, una pequeña rambla aterrazada que,
procedente del Pocico Alonso, conecta
con el Barranco del Derramador.
Vista aérea el bien
Descripción:
Se trata el bien de una pequeña infraestructura
hidráulica conformada por una mina, de reducido tamaño, para la extracción de
agua del acuífero, con boca de acceso en arco de medio punto de lajas de
mampostería, y una alberca, o balsa, para su almacenamiento, realizada en el
cauce de la rambla mediante mampostería recibida con mortero de cal en forma de
muro de contención de las aguas. Su uso fue para el riego y abrevadero de
animales, y estaría asociada a la zona del Caserío del Cojo.
La balsa original está muy desfigurada por el
acopio de materiales sedimentarios de la propia rambla aterrazada, pero el muro
no deja lugar a dudas de su existencia.
Pertenece al Patrimonio Hidráulico en su
apartado de Minas y Balsas. La cronología del conjunto está datada de finales
del siglo XIX y comienzos del XX. En la actualidad ambos componentes
hidráulicos se encuentran inactivos.
Dadas las dimensiones de la parcela, la
protección se extenderá al elemento y a un perímetro alrededor del área
catalogada de 25 m., siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto
67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Dado
su nivel de protección integral, sólo se admitirán obras de restauración y
conservación, o de reposición o reconstrucción, que permitan una mejor
comprensión del elemento, en el sentido estricto del apartado 2.a del art. 184.
Se deberá proteger e integrar en la ordenación pormenorizada (art. 47 y 188.2).
Además, se atenderá a lo dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c
y 2a) y 120/2006 (art. 21. 1 y 3) sobre
las perspectivas del paisaje de carácter abierto y las construcciones que
limiten el campo visual, así como la armonización con el entorno de las obras
de restauración o nuevas edificaciones o construcciones (Ley 10/2004, del
S.N.U. art. 12).
No obstante, y en el caso de que el bien
pudiera ver afectada su integridad, parcial o totalmente, se procederá con
antelación a la limpieza, excavación y documentación arqueológica y etnológica
del mismo, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y
5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano, con el objetivo de que su
desaparición no suponga un menoscabo en el conocimiento de este tipo de
instalaciones en general, y de las existentes en el término de Elda, en
particular. Además de cualquier otra prescripción que sea aplicable, derivada
de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las
diferentes legislaciones sectoriales.
TEXTOS:
Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de
Elda.
Palau Escarabajal, T.-Gisbert Pérez, E. (2.007):
"Elda, arquitecturas junto al río
Vinalopó", Arquitectures
tradicionals de l'aigua a les Valls del Vinalopó", Punt d'Encontre, C.E.L.
Vinalopó,nº 43.
Martí Cebrián, J. A. (2.013): "El minado y el embalse de la Cañada de la
Perdiz", Revista Fiestas
Mayores, nº 30, pág.92-94.
FOTOS: Ximo G. Rico (Amigos
del Castillo de Elda)
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Galería
fotográfica:
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