Presentación

Este Blog va dedicado a todos los eldenses, para que conozcan el rico Patrimonio Histórico y Cultural que poseemos y en el que colabora nuestro Museo Arqueológico Municipal a través de su Director, D. Antonio M. Poveda Navarro, al que agradecemos infinitamente su dedicación al mismo.

Grupo Social "Amigos del Castillo de Elda" y

Asociación "Amigos del Castillo de Elda"

Ximo G. Rico (Administrador)

lunes, 2 de marzo de 2015

A008 Yacimiento Arqueológico de El Canalón PE-032

Vista general de El Canalón, loma situada a la izquierda del puente metálico


EL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO DE EL CANALÓN

Localización:

 Está situado en la orilla derecha del río Vinalopó, sobre un promontorio de las estribaciones septentrionales de la Sierra de la Torreta, justo cuando el río inicia el encajonamiento en el paraje de El Pantano. Se encuentra en la Partida de La Torreta.

Localización del yacimiento en Google Maps

 Para llegar al yacimiento cogeremos el camino que, desde la Subestación de Hidroeléctrica de El Monastil, se dirige hacia  El Poblet. Nosotros tomaremos el camino de la izquierda que nos conduce al puente sobre la vía del FF.CC Alicante-Madrid, lo sobrepasamos y seguimos hacia las casas del Pantano que se sitúan al lado de la Canal Metálica de Aguas de Elche. Subiremos por la ladera hasta la cumbre del Cerro de El Canalón, donde está situado el yacimiento arqueológico.

El Yacimiento Arqueológico de El Canalón

Vista área del yacimiento

Descripción:

 Se trata de unpequeño asentamiento de unos 35 m2, sobre un pequeño rellano natural existente en la cresta rocosa que culmina la cima, asignado cronológicamente al Campaniense (II milenio a.C.).

  Consiste en una única unidad habitacional de planta cuadrada, delimitada por muros rectilíneos que aprovechan las irregularidades de la roca, construidos en piedra de mediano tamaño, de escasamente dos hiladas de alzado, sin trabar.

 La construcción carece de muro por el lado meridional, mientras que por el Norte y Este se delimita por dos muros que forman un ángulo recto. El yacimiento ha sido profundamente afectado por la acción de los clandestinos. En él, se exhumado  algunos restos de cerámica “Campaniense” y algún fragmento de sílex sin retocar.

 En la ladera meridional del cerro se hallan un gran número de cavidades naturales, que presumiblemente servirían de abrigo a los habitantes de este poblado, no amurallado, de esta época antigua de nuestro valle. Además, hay otras cavidades más pequeñas que pudieron albergar posibles enterramientos, de lo cual no hay constancia fehaciente.

Pertenece al Patrimonio Arqueológico en su apartado de Hábitats. Como hemos apuntado su cronología es del  II milenio a.C. (Época Campaniforme).

 La naturaleza del bien obliga a una protección integral. La afección se extenderá a la delimitación del bien contenida en esta ficha y a un perímetro de 50 m. a su alrededor, siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006, Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. 

 Sólo se admitirán obras de restauración y conservación, u obras de reposición o reconstrucción que permitan una mejor comprensión e interpretación del yacimiento (art. 184.2a). Además, se atenderá a lo dispuesto en los decretos 67/2006 (art. 100.c) y 120/2006  (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del paisaje de carácter abierto en relación con su visualización, las construcciones que limiten el campo visual y sus accesos. Respecto al régimen de protección, será de aplicación la normativa general de protección del patrimonio cultural, Titulo I, Capítulo II de la Ley 4/1998 del Patrimonio Cultural Valenciano, y sus modificaciones posteriores, y con carácter más específico aquellas recogidas en el Titulo III, destinado al patrimonio arqueológico y paleontológico (arts. 58 a 67). 

 Así, en el caso de que el bien pudiera ver afectada su integridad, parcial o totalmente, se procederá con antelación a su excavación y documentación arqueológica. No obstante, dado su actual estado de conservación sería aconsejable, a la mayor brevedad, la realización de la correspondiente limpieza y levantamientos topográfico. Así como a las prescripciones particulares que se determinen de su inclusión en el Área de Vigilancia Arqueológica nº 13 (Torreta-Monastil). En el caso que, de modo excepcional, se desarrollara algún tipo de actuación urbanística aislada o integrada, se deberá proteger e integrar en la ordenación pormenorizada, según el art. 188.2 del Decreto 67/2006, Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

TEXTOS:

Segura Herrero, G.- Jover Maestre, F. J.,(1.997),:  “El poblamiento prehistórico en el Valle de Elda (Alicante)”, Colección L’Algoleja, C. E. L., Petrer.

FOTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda (Alicante)

Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)

                                                        =================

Galería fotográfica:



















No hay comentarios:

Publicar un comentario