El Peñón del Trinitario (Monte Bolón)
EL PEÑÓN DEL TRINITARIO
Localización:
Este Bien Catalogado del
Patrimonio eldense se halla a media altura de la ladera meridional del monte
Bolón. Orientado de NE a SO sobre la ladera sur, se alza un gran peñón rocoso.Se encuentra en la Partida de Bolón.
Localización del yacimiento en Google Maps
Este espolón, de aproximadamente 50 m. de
altura por unos 80-100 m. de extensión, alza su imponente mole orientada hacia
el este, conformando un gran escarpe vertical, resguardado de los vientos del
Norte y Oeste, que fue utilizado para el asentamiento humano. Toda su
superficie queda incluida dentro del entorno del B.R.L. de Las Cuevas de Bolón, mientras que su subsuelo es afectado por el
Área de Vigilancia Arqueológica nº 6
(Bolón).
Vistas aéreas del yacimiento del Peñón del Trinitario
La mejor forma de llegar hasta el bien es utilizando el sendero de pequeño recorrido PR-196-1 "Cumbre de Bolón" que parte desde la Casa del Aire en el Polig. Campo Alto eldense. Al llegar a la cumbre, nos desviaremos a nuestra derecha unos 200 metros y encontraremos el Peñón a nuestra izquierda. El acceso es algo complicado pero no imposible, al no existir senda que llegue hasta él.
Descripción:
Este hábitat de la Edad del
Bronce queda atestiguado por la cultura material en dos lugares distintos en
torno al peñón. El primero, más pequeño y seguramente menos relevante, se
localiza encima mismo del peñón, aprovechando una pequeña y abrupta terraza de
unos 25 m² de extensión.
Para poder acceder al interior de la citada
terraza, es necesario cruzar por una estrecha cornisa. Aquí son visibles
todavía algunos muros formando pequeños aterrazamientos en los que se conserva
relleno sedimentario intacto y abundante material arqueológico esparcido por la
superficie.
La otra zona de hábitat, donde existe una gran
zanja realizada por la Sección de Arqueología del Centro Excursionista Eldense
durante los años 70, se articula alrededor de la base del farallón rocoso,
escalonándose a base de largos muros paralelos a las curvas de nivel, formando
terrazas. A medida que ascendemos desde el piedemonte hasta la pequeña
explanación existente en la base del peñón, podemos observar la gran abundancia
de cerámica, fragmentos de molinos y restos de pellas de barro diseminados por
la ladera.
Pertenece al Patrimonio Arqueológico en su apartado de Hábitats. Su cronología es del II milenio a.C.
La naturaleza del bien obliga a una protección integral que se extenderá a la delimitación de bien y a un perímetro de 50 m. a su alrededor, siguiendo lo emanado por el art. 187 del Decreto 67/2006, Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Su pertenencia al entorno del BRL de las Cuevas de Bolón determina que sea de aplicación su normativa de protección, dictada en la Ley 4/1998 del PCV, en concreto su art. 50, modificado por la Ley 10/2012 (art. 96).
Así, estarán sujetos a las normas contenidas en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, en las normas generales de protección de los bienes inventariados (arts. 9 al 14) y en lo dispuesto en la legislación urbanística, respecto de los bienes catalogados. En virtud de Ley 10/2004 del Suelo No Urbanizable (arts. 3 y 4), se clasificará como Suelo No Urbanizable todo el entorno de protección inventariado, incluyéndose en la ordenación estructural (art. 188.2 del Decreto 67/2006 del Reglamento Urbanístico). Asimismo, y en función de su grado de protección (art. 184.2a de ese decreto), sólo se admitirán obras de restauración y conservación, u obras de reposición o reconstrucción que permitan una mejor comprensión e interpretación del yacimiento.
Además, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 120/2006 (art. 21.1 y 3) sobre las perspectivas del paisaje de carácter abierto en relación con su visualización, las construcciones que limiten el campo visual y sus accesos. Cualquier actuación de carácter arqueológico estará al amparo de lo dispuesto en el Título III de la Ley 4/1998 y su modificación 5/2007, y en lo establecido particularmente para el AVA nº 12 (Bolón), en el cual queda integrado su subsuelo. En el caso de que el bien pudiera ver afectada su integridad, parcial o totalmente, se procederá a su excavación y documentación arqueológica.
Pertenece al Patrimonio Arqueológico en su apartado de Hábitats. Su cronología es del II milenio a.C.
La naturaleza del bien obliga a una protección integral que se extenderá a la delimitación de bien y a un perímetro de 50 m. a su alrededor, siguiendo lo emanado por el art. 187 del Decreto 67/2006, Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Su pertenencia al entorno del BRL de las Cuevas de Bolón determina que sea de aplicación su normativa de protección, dictada en la Ley 4/1998 del PCV, en concreto su art. 50, modificado por la Ley 10/2012 (art. 96).
Así, estarán sujetos a las normas contenidas en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, en las normas generales de protección de los bienes inventariados (arts. 9 al 14) y en lo dispuesto en la legislación urbanística, respecto de los bienes catalogados. En virtud de Ley 10/2004 del Suelo No Urbanizable (arts. 3 y 4), se clasificará como Suelo No Urbanizable todo el entorno de protección inventariado, incluyéndose en la ordenación estructural (art. 188.2 del Decreto 67/2006 del Reglamento Urbanístico). Asimismo, y en función de su grado de protección (art. 184.2a de ese decreto), sólo se admitirán obras de restauración y conservación, u obras de reposición o reconstrucción que permitan una mejor comprensión e interpretación del yacimiento.
Además, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 120/2006 (art. 21.1 y 3) sobre las perspectivas del paisaje de carácter abierto en relación con su visualización, las construcciones que limiten el campo visual y sus accesos. Cualquier actuación de carácter arqueológico estará al amparo de lo dispuesto en el Título III de la Ley 4/1998 y su modificación 5/2007, y en lo establecido particularmente para el AVA nº 12 (Bolón), en el cual queda integrado su subsuelo. En el caso de que el bien pudiera ver afectada su integridad, parcial o totalmente, se procederá a su excavación y documentación arqueológica.
TEXTOS:
Centro Excursionista Eldense, (1972), “Carta Arqueológica del Valle de Elda (Alicante)”, Archivo de
Prehistoria Levantina XIII, 199-208
Segura Herrero, G.- Jover Maestre, F. J., (1997),
“El poblamiento prehistórico en el Valle de Elda (Alicante)”, Colección L’Algoleja,
Centro de Estudios Locales del Vinalopó.
FOTOS:
Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda
Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)
========================
========================
Galería fotográfica:
No hay comentarios:
Publicar un comentario