El Mojón de la Carretera N-330
EL
MOJÓN DE LA CARRETERA N-330
Localización:
Este Bien Catalogado eldense está localizado
en la Avda. del Mediterráneo, s/n., en el Barrio
de la Avda. del Mediterráneo.
Localización del bien en Google Maps
Se corresponde con una tipología concreta de
mojón de carretera de época franquista y está situado en la acera derecha de la
rotonda del Club de Campo, en dicha
Avenida, justo delante del chaflán de la esquina de dicho Club, donde está el
rotulo del mismo. No hace mucho está rotonda fue engalanada con una preciosa
fuente de agua.
Descripción:
Se trata de un típico mojón de la antigua
carretera Alicante-Ocaña, cuando ésta pasaba por el casco urbano de la ciudad y
seguía, por la Ciudad Vergel, hacia la actual gasolinera Idella.
Esta
tipología de mojones es fruto de la Instrucción de Carreteras de 11 de agosto
de 1.939, por aplicación del Plan General de Obras Públicas de Alfonso Peña
Boeuf (Ministro de Obras Públicas, 1.937-1.941).
Es en ese momento cuando se clasifican las carreteras
españolas y se estandarizan todos los elementos que se utilizarán los años
siguientes. En 1.950 se aprobó el Plan de Modernización de la Red de Carreteras
Españolas y con posterioridad se desarrolló el Plan de Estabilización de 1.959,
en el que se produjeron mejoras de la red de carreteras del litoral
mediterráneo. Por ello, este mojón debió instalarse entre 1.939 y 1.959,
aproximadamente.
Pertenece al Patrimonio de la Ingeniería Civil
en su apartado de Mojones e Hitos. Su estado actual es bueno, sin desperfectos
aparentes, aunque podría mejorarse el bien con una buena mano de pintura en los
colores originales (blanco, rojo y negro).
Queda prohibido cualquier tipo de afección
sobre el bien, ya sea eliminación o traslado, quedando bajo la tutela de la
normativa de patrimonio cultural, así como de la legislación sectorial
competente en materia de obras públicas e infraestructuras.
Sólo se autorizarán obras de mantenimiento y
conservación, y, en cualquier caso, bajo supervisión de personal cualificado en
materia de patrimonio cultural. En el caso obras de mejora de la acera del vial
que precisen de su extracción, se procederá posteriormente a su colocación en
el sitio exacto en el que actualmente se halla. La afección patrimonial y
parcelaria queda restringida al bien, dadas sus características, siguiendo el
art. 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial
y Urbanística.
TEXTO: Bienes
Catalogados del Excmo.Ayuntamiento de Elda.
FOTOS: Ximo G. Rico (Amigos
del Castillo de Elda)
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Galería
fotográfica:
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