El Refugio de Cantero de Bateig Nº 6
EL REFUGIO
DE CANTERO DE BATEIG Nº 6
Localización:
Este Bien Catalogado eldense se encuentra en
la Sierra de Bateig, en las estribaciones occidentales de la misma, y cercano a
la antigua balsa de riego de las canteras. Se ubica en la Partida de Bateig.
Localización del bien en Google Maps
El bien se halla en las canteras de Bateig, al
Oeste del plano interior de Bateig, junto a un camino que lleva desde la zona
extractiva situada al Norte, hacia el Sur. Se dispone fuera del área actual de
extracción, junto a unos estrechos, alargados e incultos bancales, abandonados
desde hace décadas.
Localización aérea del bien
Descripción:
Se trata de una construcción de reducidas
dimensiones, de planta rectangular, en fábrica de mampostería, mediante la
técnica de piedra seca, sin cubierta, con un pequeño banco de piedra al fondo.
Abierta en su totalidad por uno de sus lados
menores, en directa relación con su función de refugio para las caballerías
utilizadas en los acarreos y arrastres de piedra. Presenta pérdida de
techumbre. Estudio de Impacto sobre el
Patrimonio Cultural Valenciano. Modificación puntual nº 49 del P.G.O.U.
(ampliación, nº 11).
Pertenece al Patrimonio Preindustrial en su
apartado de Refugios de Cantero. Su
cronología abarca de finales del siglo XIX hasta la actualidad. Su estado es
muy lamentable, pues la pérdida de su techo no le da el aspecto típico de un
refugio de cantero tipo.
Dadas las dimensiones de la parcela, la
protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 5 m.,
siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de
Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Además, se atenderá a lo
dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y 120/2006 (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del
paisaje de carácter abierto y las construcciones que limiten el campo visual,
así como la armonización con el entorno de las obras de restauración o nuevas
edificaciones o construcciones (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 12), así como al
deber del propietario del mantenimiento de las construcciones o edificios (Ley
10/2004, del S.N.U. art. 8).
No obstante, y en el caso de que el bien
pudiera ver afectada su integridad, parcial o total, se procederá con antelación
a la limpieza, excavación y documentación arqueológica y etnológica del mismo,
según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y 5/2007, del
Patrimonio Cultural Valenciano. Así como las prescripciones derivadas de su
condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las
diferentes legislaciones sectoriales.
TEXTOS:
Bienes
Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.
Segura Herrero, G., (2.006):
“Estudio de Impacto sobre el Patrimonio
Cultural Valenciano en la Modificación Puntual nº 49 del PGOU de Elda: Sector
Bateig (Elda, Alicante)”. Memoria
Final, Elda, 38 pp.
FOTOS: Ximo G. Rico
( Amigos del Castillo de Elda
)
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Galería
fotográfica:
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