El Refugio de Cantero Nº 12 de Bateig
EL
REFUGIO DE CANTERO DE BATEIG Nº 12
Localización:
Este Bien Catalogado eldense se halla
localizado en el interior de las zonas extractivas de las Canteras de Bateig,
al sur de de los abancalamientos al Oeste de las mismas. Se encuentra en la Partida de Bateig.
Localización del bien en Google Maps
El bien se halla en las canteras de Bateig,
hacia la zona centro-septentrional, junto a una pequeña área de acopios, sobre
la parte superior de una loma alargada en dirección norte, que delimita por el
oeste una vaguada que procede desde el norte, desde la Peña del Sol.
Vista aérea del bien
Descripción:
Se trata de una construcción de planta
rectangular, realizada en fábrica de mampostería, con técnica en piedra seca.
Muy alterada por la utilización de materiales que no le son propios, caso de
perfiles metálicos como elementos sustentantes del techo (vigas de hormigón), o
ladrillos en la jamba de la puerta, en un intento de recuperar el bien que en
el pasado perdió toda su techumbre. Estudio de Impacto sobre el Patrimonio
Cultural Valenciano. Modificación puntual nº 49 del P.G.O.U. (ampliación, nº
18).
Pertenece al Patrimonio Preindustrial en su
apartado de Refugios de Cantero. Su cronología abarca desde el finales
del siglo XIX hasta la actualidad.
Dadas las dimensiones de la parcela, la
protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 5 m.,
siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de
Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Además, se atenderá a lo
dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y 120/2006 (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del
paisaje de carácter abierto y las construcciones que limiten el campo visual,
así como la armonización con el entorno de las obras de restauración o nuevas
edificaciones o construcciones (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 12), así como al
deber del propietario del mantenimiento de las construcciones o edificios (Ley
10/2004, del S.N.U. art. 8).
No obstante, y en el caso de que el bien
pudiera ver afectada su integridad, parcial o total, se procederá con
antelación a la limpieza, excavación y documentación arqueológica y etnológica
del mismo, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y
5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como las prescripciones
derivadas de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de
protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.
TEXTOS:
Bienes
Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.
Segura Herrero, G., (2.006):
“Estudio de Impacto sobre el Patrimonio
Cultural Valenciano en la Modificación Puntual nº 49 del PGOU de Elda: Sector
Bateig (Elda, Alicante)”, Memoria
Final, Elda, 38 pp
FOTOS: Ximo G. Rico
(Amigos del Castillo de Elda)
======================
Galería
fotográfica:
No hay comentarios:
Publicar un comentario