El Refugio de Cantero de Bateig Nº 3
EL
REFUGIO DE CANTERO DE BATEIG Nº 3
Localización:
Este Bien Catalogado eldense está localizado
en el área extractiva de las Canteras de Bateig, en la Partida de Bateig.
Localización del bien en Google Maps
El bien se halla al sur del área de extracción oriental. Se
emplaza muy próximo a la entrada de la zona minera, junto al camino de acceso,
y a escasos 150 m. al este de la rambla que parte del extremo norte del monte
de Bateig, donde se sitúa el azud, y cruza por el centro el plano minero de
esta pequeña sierra, desde el norte hasta el sur.
Localización aérea del bien
Descripción:
Se trata de una construcción de reducidas
dimensiones y planta rectangular, utilizada como lugar de refugio de los
canteros que trabajaban en la explotación anexa.
Realizada en mampostería, presenta un único y
pequeño acceso con un dintel formado por una única losa de arenisca, y jamba de
la puerta formada por fragmentos de losa que simulan una cierta apariencia de
sillería.
Amenazado por la escombrera de un tajo de explotación.
Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural Valenciano. Modificación
puntual nº 49 del P.G.O.U. (ampliación, nº 5). Cursada visita al bien hemos
constatado que su desaparición es “inminente”, toda vez que el frente de la
escombrera ya lo alcanza. De hecho, algunos bloques de la escombrera ya han
impactado contra el bien, destruyendo parte de su estructura norte. Es
urgentísima una actuación sobre el mismo para evitar su completa desaparición.
Pertenece al Patrimonio
Preindustrial en su apartado de Refugios de Cantero. Su cronología abarca desde
finales del siglo XIX hasta nuestros días.
Dadas las dimensiones de la parcela, la
protección se extenderá al elemento y a un perímetro a su alrededor de 5 m.,
siguiendo lo emanado por el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de
Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Además, se atenderá a lo
dispuesto en los Decretos 67/2006 (arts. 47 y 100. 1c y 2a) y 120/2006 (art. 21. 1 y 3) sobre las perspectivas del
paisaje de carácter abierto y las construcciones que limiten el campo visual,
así como la armonización con el entorno de las obras de restauración o nuevas
edificaciones o construcciones (Ley 10/2004, del S.N.U. art. 12), así como al
deber del propietario del mantenimiento de las construcciones o edificios (Ley
10/2004, del S.N.U. art. 8).
No obstante, y en el caso de que el bien
pudiera ver afectada su integridad, parcial o total, se procederá con
antelación a la limpieza, excavación y documentación arqueológica y etnológica
del mismo, según procedimiento estipulado en el Título III de la Ley 4/1998 y
5/2007, del Patrimonio Cultural Valenciano. Así como las prescripciones
derivadas de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de
protección, en las diferentes legislaciones sectoriales.
TEXTOS:
Bienes
Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.
Segura Herrero, G., (2.006):
“Estudio de Impacto sobre el Patrimonio
Cultural Valenciano en la Modificación Puntual nº 49 del PGOU de Elda: Sector
Bateig (Elda, Alicante)”, Memoria
Final, Elda, 38 pp
FOTOS: Ximo G.Rico
(Amigos del Castillo de Elda)
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Galería
fotográfica:
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