El Palacio de Justicia
EL
PALACIO DE JUSTICIA
Localización:
Este Bien Catalogado eldense, está situado
frente al lateral Oeste de la Iglesia de Santa Ana y corresponde a la actual
sede de los Juzgados de la ciudad de Elda.
Localización del bien en Google Maps
Su ubicación está en la Calle San Francisco,
nº 3 en el Barrio Casco Antiguo.
El
bien está levantado sobre el solar que dejaron las viviendas que configuraban
el lado norte de la calle San Francisco. Así la fachada y acceso a este
inmueble se realiza por este vial. Sus medianeras están delimitadas por sendos
callejones, el del Toril y el del Maestro Juan Vidal, y su trasera ofrece sus
vistas a la placeta de San Pascual.
Localización aérea del bien
Descripción:
Se trata de un edificio público, de cinco
plantas, recayente a tres calles, con una gran presencia e impacto físico en el
centro histórico de Elda. Las fachadas son planas, de ladrillo visto marrón, y
la composición de paños, huecos y vaciados se basa en rasgaduras verticales y
módulos cuadrados.
Su construcción data entre los años 1.975 y 1.981,
durante los cuales fueron añadiéndose de forma modular los diferentes pisos de
que se compone, adecuando su construcción a las necesidades del mismo.
El resultado, estudiado y bien compuesto, es
típico de las preocupaciones formales arquitectónicas de los años 70. Tanto en
estos juzgados como en los de Elche, de los mismos autores -C. y C. Grau-
destacan la modulación de la piel, asimétrica dentro del orden general de la
composición; el gran hueco que señaliza la entrada principal; la solución
inclinada del remate de cubierta, y el juego de luces y sombras de las
fachadas.
Pertenece al Patrimonio
Arquitectónico Civil en su apartado de Edificios Públicos.
El régimen de protección abarcará a toda la
parcela (art. 187.2 del Decreto 67/2006, del Reglamento de Ordenación y Gestión
Territorial y Urbanística), preservando los elementos definitorios de su
estructura arquitectónica, altura, volúmenes y principalmente la fachada
(distribución de huecos, balcones y acabados) (art. 185 del Decreto 67/2006).
Cualquier modificación, eliminación o
sustitución de los elementos singulares de la fachada deberá ser argumentada
mediante informe firmado por un técnico competente, con experiencia en
intervenciones sobre el patrimonio, que preserve la imagen primigenia del
edificio. Así como las prescripciones derivadas de su condición de bien
inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes
legislaciones sectoriales competentes.
TEXTOS:
Bienes
Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.
Jaén i Urban, G., dir., et
alii, (1.999): “Guía de arquitectura de
la provincia de Alicante”,
Alicante, I. C. Juan Gil-Albert-CTAA, pág.184.
FOTOS:
Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)
FOTOS:
Ximo G. Rico (Amigos del Castillo de Elda)
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Galería
fotográfica:
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