Presentación

Este Blog va dedicado a todos los eldenses, para que conozcan el rico Patrimonio Histórico y Cultural que poseemos y en el que colabora nuestro Museo Arqueológico Municipal a través de su Director, D. Antonio M. Poveda Navarro, al que agradecemos infinitamente su dedicación al mismo.

Grupo Social "Amigos del Castillo de Elda" y

Asociación "Amigos del Castillo de Elda"

Ximo G. Rico (Administrador)

jueves, 28 de mayo de 2015

U111 Busto de José Martínez González PE-126

El Busto de D. José Martínez González


EL BUSTO DE D. JOSÉ MARTÍNEZ GONZÁLEZ

Localización:

 Este Bien Catalogado eldense es un  monumento que se halla situado sobre la terraza inferior y primigenia de la Plaza Castelar, sobre el lado que linda con la calle Reyes Católicos, y en un espacio habilitado en la continuidad de masa arbolada que, junto a la nueva verja, tras la remodelación de la plaza, forman el límite Oeste de dicho jardín.

Localización del bien en Google Maps

 Para acceder al bien entraremos a la Plaza Castelar por la Calle Reyes Católicos a la altura del nº 36 de policía. Junto a esta entrada se encuentra el bien. Se sitúa en el Barrio del Progreso.

Localización aérea del bien

Descripción:

 Se trata de un busto de bronce de D. José Martínez González , apodado El Aragonés, que fue alcalde de Elda entre los años 1.943 y 1.956, sobre un alto podio de mármol negro-grisáceo veteado de blanco, con fondo de piedra de color salmón.

 Sobre el frente del podio y bajo el relieve del escudo de Elda, aparece la inscripción con la siguiente leyenda: "ELDA A DON JOSÉ MARTÍNEZ GONZÁLEZ / AÑO MCMLVII".

 El alcalde falleció el día 14 de enero de 1.956 en accidente de automóvil en la carretera nacional Alicante-Elda. El monumento conmemorativo fue descubierto el 26 de mayo de 1.957.

 Pertenece al Patrimonio Arquitectónico Civil, en su apartado de Monumentos, y su construcción, como se ha indicado, se realizó al primeros del año 1.957. Con la remodelación de 2.015 de la Plaza de  Castelar, su antigua ubicación fue modificada.

 Dadas las características del lugar en que se halla el bien, la afección se extenderá únicamente al elemento y al espacio situado inmediatamente a su alrededor, en un radio de circunferencia de 7 m., siguiendo el artículo 187 del Decreto 67/2006 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

 Queda prohibido cualquier tipo de afección sobre el bien, ya sea eliminación o traslado. En el caso de obras de mantenimiento o mejora de la plaza que precisen de su extracción, se procederá posteriormente a su colocación en el sitio exacto en el modo y manera en que actualmente se halla.

 Sólo se autorizarán obras de mantenimiento y conservación del bien. Así como cuantas prescripciones se deriven, genéricamente, de su condición de bien inmueble catalogado y de su nivel de protección, en las diferentes legislaciones sectoriales competentes.

TEXTOS:

Bienes Catalogados del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

Navarro Pastor, A., (1.981): “Historia de Elda”, Tomo III, pág. 82.    

FOTOS:

Ximo G. Rico  (Amigos del Castillo de Elda)

                                                         ===================

Galería fotográfica:










No hay comentarios:

Publicar un comentario